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miércoles, 10 de octubre de 2012

Pliego de condiciones de la DOP Montes de Toledo.


Ficha resumen actualizada de la DOP «Montes de Toledo»
Reglamento (CEE) n.º 2081/92 del Consejo «Montes de Toledo»
DOP (X) IGP ( )

1. Órgano competente para la presentación de oposiciones.–
Nombre: Dirección General de Mercados Alimentarios de Castilla-La Mancha.
Consejería de Agricultura, Dirección: C/ Pintor Matías Moreno, 4, 45002 Toledo.
Teléfono: 925 266 708-7. Fax: 925 266 722.
E-mail: federicol@jccml.es.

2. Agrupación solicitante:
2.1 Nombre: Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen de Aceite «Montes de Toledo».
2.2 Dirección: C/ Alférez Provisional, 3; 45001 Toledo.
Tel.: 34-925-257402.
Fax: 34-925-257402.

2.3 Composición: productor / transformador (x) otros ( ).

3. Tipo del producto: Aceite de oliva – Clase 1.5 – del anexo II del Tratado.

4. Descripción del pliego de condiciones (Resumen de las condiciones del apartado 2 del artículo 4):

4.1 Nombre: Montes de Toledo.


Etiqueta Montes de Toledo

4.2 Descripción: Aceite de oliva virgen extra obtenidodel fruto del olivo de la variedad Cornicabra.
El aceite de la Denominación de Origen «Montes de Toledo» se caracteriza por su alto contenido de ácido oleico y bajo de ácido linoleico, poseyendo un alto contenido en polifenoles totales, lo que le confiere una marcada estabilidad, cualidad por la que es apreciado y distinguido en el comercio.
Acidez: Máximo 0.7 º
Índice de peróxido: Máximo 15 meq O2/kg.
Absorbancia al ultravioleta K 270: Máximo 0,15.
Humedad: Máximo 0,1%.
Impurezas: Máximo 0,1%.
Valoración organoléptica: Virgen Extra.

El color varía, dependiendo de la época de recolección y de la situación geográfica dentro de la comarca, desde el amarillo dorado hasta el verde intenso.
Desde el punto de vista organoléptico los aceites de esta variedad presentan una gran sensación de densidad en boca, siendo frutados y aromáticos, a la vez que presentan valores medios de amargo y picante, con un aroma muy equilibrado siempre que esté en el grado de maduración óptimo.

4.3 Zona geográfica: Está situada en el interior de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ocupando las comarcas del suroeste de la provincia de Toledo y noroeste de la de Ciudad Real, teniendo como eje central la formación montañosa de los Montes de Toledo.
La zona geográfica de producción está formada por 104 términos municipales pertenecientes a las provincias de Toledo y Ciudad Real. De estos términos municipales, 82 corresponden a Toledo y 22 a Ciudad Real.

4.4 Prueba del Origen: Las aceitunas proceden de olivares situados en la zona de producción en los que se ha constatado el cultivo de la única variedad autorizada.
El aceite se obtendrá en las almazaras que hayan superado el proceso de certificación. Así mismo, el aceite se almacenará en almazaras y plantas envasadoras certificadas que dispongan de instalaciones adecuadas para garantizar su óptima conservación. El organismo de control establecerá un plan de vigilancia que abarcará toda la vida comercial del aceite. Una contraetiqueta numerada expedida por el organismo de control garantizará que los aceites que ostentan la denominación cumplen los requisitos del pliego de condiciones.

4.5 Método de obtención:

1. Olivar, recolección y transporte: En cuanto a suelos se refiere el olivar deberá presentar las características siguientes:
Tolerancia a los carbonatos (0,33% a 76%); Materia
orgánica superior al 1%; P2O5 m 50 ppm; K2O m 100
ppm; N m 1%; Arcilla < 25%.
La recolección se realizará directamente del árbol por métodos tradicionales de ordeño, vareo o vibración, debiendo variar éstos en sucesivas campañas para limitar el deterioro del olivo.
Sólo podrá utilizarse para la D.O. aceituna de vuelo y no de suelo, lo que obliga a su separación durante la recolección.
El sistema de transporte será siempre a granel, en remolques o en contenedores rígidos.
El remolque o contenedor deberá limpiarse con chorro de agua fría a presión antes de cada carga.
No está permitido el atrojamiento en campo, por lo que no podrán pasar más de 24 horas entre la recolección y la entrega del fruto en la almazara.
La velocidad del transporte deberá acomodarse a la calidad de la vía para evitar el aplastamiento del fruto.

2. Patios. Recepción del fruto: Los patios deberán contar con un responsable encargado de garantizar la correcta catalogación y separación de calidades.
Los patios deberán disponer de sistemas que garanticen la descarga separada para vuelo y suelo, de forma que se evite en todo momento mezclas de calidades para el procesado independiente de cada una de ellas.
Los patios contarán con sistemas de limpieza adecuados.
Los patios contarán con instalaciones de pesaje debidamente calibradas y homologadas.
Las tolvas y tolvines deberán lavarse con chorro de agua a presión antes de la descarga de cada jornada y siempre que se considere necesario.
Deberán implantarse métodos de descarga que minimicen los efectos de caída libre de los frutos que pudieran dañar a éstos.
El atrojamiento es incompatible con la D.O. «Montes de Toledo».

3. Procesado del fruto. Elaboración: El agua que se utilice para el lavado y el proceso deberá ser de calidad sanitaria y estar exenta de cloros y sus derivados.
Únicamente se permite la utilización de talco como coadyuvante tecnológico, en cuyo caso las cantidades empleadas deben estar comprendidas entre el 0,5% y el 2,0%.
Se deberán mantener tiempos de batido no superiores a 60 minutos, no estando permitido más que un ciclo de batido.
La temperatura de batido no deberá superar los 30 ºC medidos en el punto más desfavorable.
La temperatura de la mezcla del agua con el aceite en la centrífuga debe ser inferior a 35 ºC.
Las almazaras deberán contar con un sistema de limpieza periódica de los cuerpos de la batidora.

4. Almacenamiento, transporte de granel y envasado:
Las almazaras deberán realizar la calificación de los aceites producidos sobre la base de las características físico- químicas y sensoriales del Aceite de la D.O. «Montes de Toledo» descritos anteriormente. Para ello contarán o subcontratarán con los técnicos y laboratorios acreditados para ello.
El almacenamiento de los aceites calificados como D.O. deberá realizarse preferiblemente en interior y exclusivamente en depósitos de acero inoxidable, trujales o revestidos de resina epoxi o fibra de vidrio, opacos a la luz y debidamente identificados con el nombre de la D.O.
En caso de almacenamiento exterior, los depósitos deberán estar adecuadamente protegidos contra cambios de temperatura y de la luz.
Todos los depósitos deberán tener tapadera, ser tronco- cónicos o de fondo de plano inclinado para permitir el drenaje y purgado de los mismos de forma periódica. No se permitirán depósitos de fondo plano horizontal.
Las bodegas y depósitos deberán acondicionarse de modo que la temperatura del aceite en su interior no supere en ningún caso los 25 ºC.
El transporte de aceite a granel hasta la envasadora se realizará en contenedores cisterna adecuados para productos líquidos alimentarios de acero inoxidable, con certificado de limpieza de la empresa transportista.
El envasador deberá cumplir con todos los requisitos anteriores para el almacenamiento del aceite.
El envasador deberá disponer de sistemas que permitan el envasado independiente de los aceites de la D.O. respecto de otros aceites que pudiera envasar. Así mismo, dispondrá de sistemas homologados de medida de aceite.
El envasado deberá hacerse en recipientes de vidrio,metálicos revestidos, PET o cerámica vitrificada.

4.6 Vínculo con el medio: La zona de producción presenta unas características homogéneas, en lo que a condiciones edafoclimáticas se refiere, que proporcionan
unas condiciones favorables para el cultivo del olivo. Las prácticas de cultivo tradicionales constituyen un elemento de gran importancia para la conservación del medio. La principal característica diferenciadora de los aceites de los Montes de Toledo es que proceden de una única variedad:
la cornicabra, cuyo cultivo ocupa la práctica totalidad de la superficie dedicada a olivar, presentando una gran adaptación a su medio físico. Esta interacción del árbol con el medio es la causa de que se produzcan aceites de excelente calidad y con características diferenciadoras propias.
El origen del cultivo del olivo en la zona, introducido por las colonizaciones fenicias y griegas, se potenció en tiempos del imperio romano. Existen referencias a este cultivo en gran cantidad de documentos desde la dominación musulmana hasta el siglo XVIII, con dominio de la producción destinada al autoabastecimiento. Desde el siglo XVIII hasta la actualidad se produce una gran expansión, alcanzando la
relevancia que posee en la actualidad como uno de los principales sectores económicos de la zona.

4.7 Estructura de control:
Nombre: Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen de Aceite «Montes de Toledo».
Dirección: C/ Alférez Provisional, 3; 45001 Toledo.
Teléfono y Fax: 34-925 25 74 02.
5522 Martes 30 mayo 2006 BOE núm. 128
Autorización: Orden de la Consejería de Agricultura yMedio Ambiente de 15 de octubre de 1998 (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, n.º 50, de 22-10-98).

4.8. Etiquetado: En todas las etiquetas figurará el logo de la denominación y la mención: «Denominación de Origen Montes de Toledo». Los envases en los que se expida para su consumo irán provistos de precinta de garantía y etiquetas o contraetiquetas numeradas facilitadas por el órgano de control, de manera que no sea posible una nueva utilización.

4.9 Requisitos nacionales: Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de 9 de mayo de 1998, por la que se dictan disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.º 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y
de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (D.O.C.M. n.º 23 de 22-05-98).

martes, 25 de septiembre de 2012

D.O.P Aceite del Bajo Aragón.

Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Aceite del Bajo Aragón»

Etiqueta Aceite del Bajo Aragón



(Pliego de condiciones inscrito en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas de la Comisión Europea con fecha 10 de octubre de 2001, incorporadas sus modificaciones posteriores)

A) NOMBRE DEL PRODUCTO

Denominación de origen protegida «Aceite del Bajo Aragón».

B) DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Definición. —Se denomina «Aceite del Bajo Aragón» el aceite de oliva virgen extra procedente de aceitunas de las variedades Empeltre, Arbequina y Royal, cuyo cultivo, procesado y envasado se realizan en la zona de producción, transformación y envasado que recoge este pliego de condiciones.

Variedades protegidas. —Los aceites protegidos por la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón» procederán exclusivamente de las variedades Empeltre, Arbequina y Royal, de las cuales la Empeltre participará en una proporción mínima del 80 % y el resto de variedades con un máximo del 20 %.
Debido a que la Empeltre siempre ha predominado en la zona de producción sobre las demás, las características del aceite del Bajo Aragón que los consumidores reconocen, están estrechamente influenciadas por esta variedad. Para preservar la reputación del producto y mantener la demanda de los consumidores, en el bajo Aragón los aceites de Arbequina y Royal se han utilizado mezclados con los de Empeltre en una baja proporción. Con objeto de proteger las peculiaridades tradicionales del producto, se regula la participación varietal mediante el pliego de condiciones.

Características del producto. —Los aceites amparados por la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón» serán de la categoría virgen extra, debiendo cumplir con las características siguientes:
Organolépticas:
Aspecto Limpio, sin ningún indicio de velos, turbiedad o suciedad que impidan apreciar su transparencia
Color Amarillo con matices que van desde el amarillo dorado al amarillo oro viejo
Flavor Gusto frutado al principio de la campaña, con ligeros sabores almendrados, sin amargor tirando a dulce y ligeramente picante
Puntuación mínima del panel de cata Calificación como “aceite de oliva virgen extra”
Fisico-quimicas:
Acidez maxima (% ac. Oleico) 0,80
Peroxidos maximo (meq. O2/kg.) 20
K270 maximo (n.m.) 0,15
K232 maximo (n.m.) 2,00
Humedad y volatiles maximo (%) 0,15
Impurezas maximo (%) 0,10
C) ZONA GEOGRÁFICA

 Situación de la zona. —La zona de producción de los aceites amparados por la Denominación de Origen `Aceite del Bajo Aragón» es la comarca natural situada al oeste de la Comunidad Autónoma de Aragón entre las provincias de Zaragoza y Teruel.

Municipios que integran la zona geográfica: Aguaviva, Alacón, Albalate del Arzobispo, Alborge, Alcañiz, Alcorisa, Alloza, Almochuel, Almonacid de la Cuba, Andorra, Arens de Lledó, Ariño, Azaila, Beceite, Belchite, Belmonte de San José, Berge, Bordón, Calanda, Calaceite, Cañizar del Olivar, Caspe, Castelserás, Castelnou, Castellote, Chiprana, Cinco Olivas, Cretas, Crivillén, Escatrón, Estercuel, Fabara, Fayón, Fórnoles, Foz-Calanda, Fuentes de Ebro, Fuentespalda, Gargallo, Híjar, Jatiel, La Cebollera, La Codoñera, La Fresneda, La Ginebrosa, La Mata de los Olmos, La Portellada, La Puebla de Híjar, La Zaida, Lagata, Letux, Lledó, Los Olmos, Maella, Más de las Matas, Mazaleón, Mequinenza, Molinos, Monroyo, Nonaspe, Oliete, Parras de Castellote, Peñarroya de Tastavins, Quinto de Ebro, Ráfales, Samper de Calanda, Sástago, Seno, Torrecilla de Alcañiz, Torre de Arcas, Torre del Compte, Torrevelilla, Urrea de Gaén, Valdealgorfa, Valdeltormo, Valderrobres, Valjunquera, Vinaceite.

Superficie de cultivo. —La zona geográfica tiene un perímetro de 469,4 kilómetros y una superficie total de 6.380 kilómetros cuadrados. El cultivo del olivo ocupa 36.600 hectáreas, de las cuales 31.560 son de la variedad Empeltre, 2.200 de la Arbequina y 1.000 de la Royal, lo que representan el 95 por ciento de la superficie de este cultivo en la zona, indicando al mismo tiempo su importancia económica y su vínculo con el territorio.

Zona de extracción y envasado. —La zona de extracción y envasado de los aceites amparados por la denominación de origen, es la formada por los términos municipales que integran la zona de producción.

D) ELEMENTOS QUE PRUEBAN QUE EL PRODUCTO ES ORIGINARIO DE LA ZONA

 Todas las plantaciones oleícolas productoras de aceitunas con destino a la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón», así como las industrias de extracción y envasado, estarán ubicadas en la zona geográfica indicada en el apartado C de este pliego de condiciones, y deberán figurar inscritas en el correspondiente registro del Consejo Regulador.
Los productores de aceituna y las industrias de extracción y envasado del aceite, inscritos en los registros del Consejo Regulador, que suministren aceitunas o aceites amparados por la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón», establecerán un sistema de autocontrol para garantizar que los productos no tienen desviaciones con respecto al pliego de condiciones.
El sistema de autocontrol se reflejará documentalmente en los cuadernos de explotación o de industria, indicando todo el proceso productivo o comercial, de acuerdo con el modelo que establezca el Consejo Regulador.
La entidad de control seleccionada, cuyo sistema de certificación de producto se basará en las exigencias de la norma UNE-EN 45011, Requisitos generales para entidades que realizan la certificación de producto, aplicarán un sistema de control a todos los operadores con el objeto de verificar que los aceites que ostentan la denominación de origen cumplen los requisitos del pliego de condiciones. Cuando, tras el proceso de control, se verifique que los aceites cumplen las condiciones de la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón», el Consejo Regulador hará entrega de etiquetas numeradas a las industrias envasadoras, que fijarán en los envases, de forma que en la comercialización se pueda realizar el seguimiento del producto.

E) OBTENCIÓN DEL PRODUCTO

Procedencia. —Los frutos destinados a la extracción de aceites protegidos por la denominación de origen se obtendrán en plantaciones inscritas en el Registro de plantaciones del Consejo Regulador, controladas por éste y dotadas del correspondiente certificado de conformidad.
Prácticas de cultivo. —En el mantenimiento del suelo se realizarán laboreos poco profundos en primavera y verano. En la fertilización no se aplicarán dosis superiores a 1 Kg de N2/ árbol, con un tratamiento a la salida del invierno en forma amoniacal. La poda será ligera en plantaciones jóvenes, con algunos aclareos de ramas a partir del 4° año que favorezcan la entrada de luz dentro de la copa y la emisión de nuevos brotes. En las plantaciones adultas se evitarán podas severas que desvitalicen el árbol, permitiendo mantener la relación hoja/ madera. La poda de rejuvenecimiento se realizará para favorecer la emisión de nuevos brotes y plantear nuevas estructuras arbóreas.

Recolección. —Se realizará a partir de mediados del mes de noviembre, cuando ya no existan frutos verdes en el árbol, mediante «ordeño» o vibración de las ramas. No están permitidas para la denominación de origen las aceitunas que han caído al suelo sin intervención del agricultor por padecer ataques de plagas y enfermedades, ni las recogidas por procedimientos que dañen la estructura del fruto. Las almazaras programarán la recolección para evitar la acumulación de aceitunas destinadas a la extracción de aceite.

Transporte de las aceitunas. —El transporte de las aceitunas desde el campo a las industrias de extracción se realizará de forma que no se produzcan rupturas de la epidermis de los frutos. El transportista justificará, en el punto de recepción de las industrias extractoras, el origen de las aceitunas.

Recepción de las aceitunas. —Las industrias deben anotar en sus respectivos libros la cantidad de aceitunas recibida, el nombre del productor y la parcela de procedencia. Separación de productos.—Las industrias mantendrán separadas del resto de aceitunas las que tengan como destino la denominación de origen. Igualmente la extracción del aceite y su almacenamiento se realizarán de forma independiente.

Extracción del aceite. —La extracción del aceite se realizará en un periodo máximo de 48 horas desde la recolección. El proceso comprenderá las siguientes fases:
  • Lavado de las aceitunas para eliminar todo resto de suciedad adherida, hojas, madera, etc. que darían lugar a fermentaciones que incrementarían el grado de acidez, y a sabores desagradables.
  • Molienda. Consiste en romper los tejidos de la pulpa para extraer el aceite en emulsión. Las aceitunas del Bajo Aragón no precisan una molienda fina al recolectarse el fruto ya maduro.

    Se podrán utilizar los siguientes tipos de molino:
    • Molino triturador: Utilizado en el sistema tradicional. Para obtener un estado óptimo de la emulsión se precisan 10 a 15 minutos de trituración a temperatura ambiente.
    • Molino mecánico: Utilizado en sistemas continuos. Permite una mayor rotura de las células del fruto.
  • Batido de la pasta. Pone en contacto las gotas de aceite para formar una fase continua de aceite, favorecida por un incremento de temperatura en la pasta (30-35° C).
  • Separación de fases. Tras la molturación se obtiene una fracción sólida (orujos) que arrastran cierta cantidad de aceite, y una fracción líquida (alpechín y aceite) con sólidos en suspensión. Para la separación de estas fases sólidas y líquidas se seguirán dos procedimientos:
    • Tradicional. Consiste en la separación de las fases mediante prensado, separación de sólidos, y decantación. El prensado será un proceso discontinuo realizado en prensas con capachos. La separación de sólidos se realizará mediante tamices vibratorios. La decantación, que es el proceso de separación del aceite del alpechín por diferencia de densidad mediante una batería de pozuelos, se realizará en locales cuya temperatura ha de estar situada en tomo a los 20º C.
    • Continuo. Con este sistema la separación de fases se realiza mediante centrífugas.
  • Almacenamiento del aceite. El aceite obtenido ha de permanecer en reposo durante un periodo máximo de dos días para que precipiten la mayor cantidad posible de impurezas sin que éstas incorporen al aceite sabores desagradables. Tras el reposo el aceite se trasiega a otros depósitos, de los cuales se volverá a trasegar en función de las precipitaciones que se produzcan.
  • Selección y envasado. Una vez obtenidos los aceites, las industrias los someterán a análisis físico-químico y organoléptico para comprobar sus características y en consecuencia comercializarlos con la protección de la denominación de origen «Aceite del Bajo Aragón» cuando cumplan las condiciones del pliego de condiciones. El envasado se realizará en recipientes de vidrio, cerámica, polietileno (PET) o metálicos, de una capacidad de hasta cinco litros de capacidad.
F) VÍNCULO CON EL MEDIO GEOGRÁFICO
Vínculo histórico. —Las variedades autorizadas para la producción de «Aceite del Bajo Aragón» son las tradicionales de la zona de producción. La Empeltre y la Royal se consideran autóctonas por las referencias bibliográficas existentes, mientras que la Arbequina se introdujo en el siglo XIX procedente de la comarca catalana vecina. La implantación de la vid y el olivo en el valle del Ebro se atribuye a los focenses pero el testimonio más antiguo que se conoce se encuentra en la «Ora maritima» del poeta latino del siglo IV, Rufo Festo Avieno, quien a partir de un texto fechado en el año 550 a. de J.C., cuenta la importancia comercial que tenía Tortosa en aquella época desde donde algunos navegantes se introducían Ebro arriba para negociar con los habitantes ribereños y aprovisionarse de aceite, vino y trigo. En la «Ora maritima» se denomina al Ebro «Oleum flumen» que significa río de aceite. Ignacio de Asso, autor en 1798 de la «Historia de la Economía Política de Aragón» hace múltiples referencias al olivo en el Bajo Aragón y al hablar por ejemplo de Zaragoza, cuenta cómo los agricultores de aquí empezaron a plantar empeltres a mediados del siglo XVIII en detrimento de otras variedades por la mejor calidad de su aceite, y demostraba que la Empeltre era conocida en el partido de Alcañiz hacía más de 160 años.
La notoriedad actual del aceite del Bajo Aragón se empezó a fraguar a finales del siglo XIX coincidiendo con la pujanza comercial de Tortosa, el principal mercado de los aceites de esta zona aragonesa, donde se radicaron importantes empresas aceiteras que descubrieron sus cualidades. Esto permitió que diversas firmas comerciales de Marsella, Niza, Génova, Cataluña, Levante, etc. se instalaran en Alcañiz para adquirir directamente el aceite del Bajo Aragón antes de llegar a Tortosa y evitar de este modo la fuerte competencia que allí se producía.
Existe una importante referencia bibliográfica de principios de siglo que demuestra la reputación que tenía el aceite del Bajo Aragón en aquella época. Se trata del libro «Elaboración del Aceite de Oliva» de Isidro Aguiló y Cortés fechado en 1918, en el que se puede leer: «La fama mundial de que gozan los aceites del Bajo Aragón, y especialmente los de Alcañiz, que llevan la delantera en España, por su calidad y más elevado precio en el mercado, hace tiempo que nos surgió el deseo de conocerlos (En el primer tercio del siglo XX el aceite del Bajo Aragón era muy valorado también por gastrónomos como Teodoro Bardají, Dionisio Pérez y otros.
El transcender de los tiempos ha originado un aforismo muy utilizado fuera de la región cual es que el aceite del Bajo Aragón es el mejor del mundo. Este criterio lo mantiene Daniel Magrané en su obra «El aceite de oliva en España» (Edi. Espasa Calpe-1961) donde se dice: «Esta zona puede ser considerada como la productora del mejor aceite del mundo para mesa. Los aceites «finos» del Bajo Aragón son algo amarillos....» En cualquier caso, existen múltiples referencias sobre el aceite del Bajo Aragón que demuestran la consolidación de este nombre geográfico para identificar el producto.

Vínculo natural. —El área de cultivo del olivo del Bajo Aragón se encuentra en los valles fluviales de los ríos Aguasvivas, Martín, Regallo, Guadalope y Matarraña, que partiendo de las estribaciones montañosas del Sistema Ibérico, drenan la zona conocida como Bajo Aragón, y desembocan en el Ebro. Esta zona se encuentra por tanto en la parte suroriental de la Depresión del Ebro.
Las tierras son llanas o suavemente alomadas, con una altitud que va de los 122 metros de Caspe a los 325 de Alcañiz y a los 632 de Alcorisa. Dominan los relieves tabulares más o menos diseccionados por las redes fluviales. Los suelos son calizos con formaciones de horizontes de carbonatos y yesos, propio de las sedimentaciones en régimen lacustre y bajo clima cálido y seco del mioceno.
Las precipitaciones anuales medias oscilan entre los 327,9 mm de Caspe, los 361,1 mm de Albalate del Arzobispo y los 367,9 de Alcañiz. Los meses más lluviosos son mayo y octubre y por estaciones, en primavera cae aproximadamente el 27 % de las precipitaciones, en verano el 20%, en otoño 34 % y en invierno el 19 %.
La temperatura media anual se sitúa en tomo a los 14,3° C de Albalate y Alcañiz y los 15° C de Caspe, que corresponde a los valores más altos del centro del valle del Ebro. La media de las máximas es de 19,9° C en Alcañiz, 20,1 de Albalate y 20,6 de Caspe, y la media de las mínimas 8,8, 8,5 y 9,3° C respectivamente. La temperatura media más alta corresponde al mes de julio con 24,2, en Alcañiz, y 25,1, en Caspe, mientras que la más baja es la de enero, oscilando entre los 5,6° C Alcañiz y los 6,7° C de Albalate. Estos datos indican una amplitud térmica anual alta, de más de 18° C, apuntando la continentalización que sufren los valores térmicos como consecuencia, fundamentalmente, de la posición en el centro de la Depresión.
Desde marzo hasta octubre se observan temperaturas máximas que superan los 25° C, si bien se registran con mayor frecuencia entre los meses de mayo, en el que la mitad de los días se supera este umbral térmico, y octubre, mes que entre 5 y 10 días alcanzan estas temperaturas. Durante los meses de verano las temperaturas diurnas se sitúan por encima de los 25° C y la media de las máximas sobrepasa los 35° C (en julio es de 37,2° C en Albalate y Alcañiz y 38,3° C en Caspe).
Otro fenómeno característico del clima de la zona es la «inversión térmica». El invierno con períodos de anticiclón, el aire frío se posa en las capas bajas formando prolongadas nieblas frías con temperaturas máximas por debajo de los 6° C, cuando en los lugares altos, libres de nieblas, las temperaturas máximas llegan a superar los 15°C.

Condiciones de cultivo. Las variedades cultivadas tienen las siguientes características:
  • Empeltre: Árbol de gran desarrollo cuando se cultiva en buenas condiciones ecológicas, de porte erguido y con ramas de fuerte tendencia a la verticalidad. Tiene entrenudos largos y produce pocas ramificaciones. La copa tiene un follaje espeso y los frutos se encuentran en el interior, siendo poco visibles. Frutos de tamaño medio, alargados, asimétricos, ligeramente abombados por el dorso y planos en lado opuesto. Tiene el pedúnculo largo y se desprende fácilmente al madurar, lo que favorece la recolección por medios mecánicos. El color es negro intenso en la maduración.
  • Royal: Árbol vigoroso, de porte abierto y presenta una densidad de copa media, presentando ramos anticipados poco abundantes. La hoja es lanceolada de tamaño pequeño corta y estrecha de color verde mate - brillante. La inflorescencia es larga y laxa de forma paniculada espiciforme, con ausencia de flores supernumerarias y con los botones florales de grosor medio. Frutos presentan un color violáceo en la maduración, de forma alargada ligeramente asimétrico.
  • Arbequina: Árbol de tamaño medio, aunque variable según las condiciones en que vegeta, de poco desarrollo en los terrenos de inferior calidad, de tronco rugoso y copa de aspecto muy verdoso y globosa. Tiene las ramas abiertas, péndulas, con tendencia a crecer inclinadas hacia el suelo, con abundantes brotes y corteza fina. Frutos ovalados, cortos y asimétricos, con el ápice redondeado, la base ensanchada, poco truncada y cavidad peduncular pequeña. Su tamaño es pequeño, de 0´80 a 1´20 grs., y tiene el pedúnculo largo.
Las técnicas de cultivo más significativas son las siguientes:
  1. Densidad de plantación.—E l cultivo se realiza en secano y en regadío. La densidad de plantación en secano será de 60 a 100 árboles por hectárea en las variedades Empeltre y Royal, y de 80 a 150 en la Arbequina. En regadío la densidad máxima de las variedades Empeltre y Royal será de 200 árboles por hectárea y de 1000 en la arbequina.
  2. Uso del riego.— Cuando existen disponibilidades de agua, los riegos se realizan en los siguientes periodos: en abril-mayo, próximo a la floración; a mediados de julio, coincidiendo con la fase de endurecimiento del endocarpio; y en agosto-septiembre, en la fase de crecimiento rápido del fruto.
  3. Mantenimiento del suelo.— En los meses de abril, junio y septiembre se realizan tres labores superficiales con pases de cultivador. En el mes de octubre se hace un pase de rulo con cuchilla con el fin de preparar el suelo para la recolección.
  4. Fertilización.—La dosis anual máxima de nitrógeno no supera el kilogramo por árbol y la primera incorporación se realiza a la salida del invierno. El fósforo y potasio se aplica en otoño.
  5. Defensa fitosanitaria.— El agricultor realiza los tratamientos fitosanitarios oportunos para prevenir los ataques de las plagas y enfermedades. Las más frecuentes en la zona son las siguientes:
    — Plagas: Mosca del olivo (Bactrocera oleae gmel), Prays (Prays oleae), Barrenillo del olivo (Fhloeotribus scarabeoides), Cochinilia del olivo (Saissetia oleae), Piral del jazmín (Margaronia unionalis), Europhera pingüis.
    — Enfermedades criptogámicas: Repilo (Cycloconium oleaginum), Negrilla (Capnodium elaeophilum): Hongo instalado en la melaza segregada por la Cochinilla del olivo.
  6. Poda. —En el periodo de formación Se realiza una poda ligera para evitar retrasos en la entrada en floración. Si la formación es en vaso se dejan dos o tres ramas principales a un metro del suelo y a partir del cuarto año se realizan ligeros aclareos de ramas para facilitar la penetración de la luz en el interior de la copa del árbol. En plantaciones adultas se ha de mantener la relación hoja/madera en los mismos niveles que en el periodo joven.
  7. Rendimiento de aceite. —El rendimiento máximo de aceite por hectárea es de 1250 kilogramos por hectárea en secano y de 2000 kilogramos por hectárea en regadío.
G) ESTRUCTURA DE CONTROL
La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente pliego de condiciones corresponde a:
LDG-CER, Entidad Certificadora de Productos Agroalimentarios
Dirección: Calle Comte Borrell, 111, bajos. 08015 Barcelona
Teléfono: (34) 93 238 41 75
Fax: (34) 93 238.80.35
Correo electrónico: ldgcer@ldggrup.net
Web: www.ldggrup.net
Funciones:
  • la emisión de informes, de carácter vinculante, previos a la inscripción de los operadores en los registros de la D.O.P.
  • la certificación de los operadores de acuerdo con lo establecido en la norma sobre «Requisitos Generales para entidades que realizan la certificación de productos» (Norma UNEEN 45011 o Norma que la sustituya).
H) ETIQUETADO
Las industrias de envasado que hayan obtenido el certificado de conformidad de la entidad de control seleccionada por el Consejo Regulador, utilizarán obligatoriamente en las etiquetas de los envases la mención Denominación de Origen Protegida «Aceite del Bajo Aragón», junto a la etiqueta numerada otorgada por el Consejo Regulador que permite el seguimiento del producto en la comercialización.
Antes de la puesta en circulación de las etiquetas, éstas deben ser autorizadas por el Consejo Regulador a los efectos que se relacionan en este pliego de condiciones. Será denegada la aprobación de aquellas etiquetas que por cualquier causa pueden dar lugar a confusión en el consumidor. Asimismo, puede ser anulada la autorización de las concedidas anteriormente cuando hayan variado las circunstancias que dieron origen a la autorización, previa audiencia del interesado. 

I) REQUISITOS LEGISLATIVOS
  • Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón («Boletín Oficial de Aragón» nº 142, de 13 de diciembre de 2006).
  • Decreto 5/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del contenido mínimo de la normativa específica de determinadas denominaciones geográficas de calidad de los alimentos y el procedimiento para su reconocimiento («Boletín Oficial de Aragón» nº 18, de 28 de enero de 2009).
  • Orden de 17 de marzo de 2009, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba la normativa específica de la denominación de origen protegida «Aceite del Bajo Aragón».